Modificaciones en materia laboral introducidas por la Ley estatal de Empleo

La Ley 3/2023 de Empleo, además de introducir un nuevo marco regulatorio en materia de empleo a nivel estatal, introduce varias novedades que afectan a la normativa laboral y que han tenido como consecuencia la modificación del Estatuto de los trabajadores:

Refuerzo de garantías en caso de despido colectivo:

En concreto, el artículo 51.2, que hace referencia a la regulación del despido colectivo, se ha visto modificado en su párrafo 7º, que recoge una nueva redacción vigente desde marzo del 2023:

“El informe de la inspección, además de comprobar los extremos de la comunicación y el desarrollo del periodo de consultas, se pronunciará sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial, y constatará que la documentación presentada por esta se ajusta a la exigida en función de la causa concreta alegada para despedir”

Se recupera con esta nueva redacción el control público en los despidos colectivos, al establecer una vigilancia extra para la empresas que opten por la fórmula del despido colectivo, que implica una ampliación de las garantías para las personas trabajadoras.

Refuerzo de la garantía legal de inembargabilidad del SMI

En relación a la regulación del salario mínimo interprofesional, el artículo 27 del Estatuto también se ve modificado en su redacción original, al establecer que la garantía de inembargabilidad del salario mínimo interprofesional se extiende a las posibles gratificaciones o pagas extraordinarias que llevara anexas de manera proporcional.

Esta nueva regulación, que ofrece una mayor seguridad jurídica en estas cuestiones, plantea, a su vez, dudas interpretativas en relación a si en la puesta en práctica del primer supuesto implica supone la vuelta al modelo de autorización administrativa para el despido colectivo, previa a la reforma laboral del 2012 o si supone una modificación del criterio que la Inspección de trabajo seguía con anterioridad a la entrada en vigor de esta medida, que se irán resolviendo a través del desarrollo reglamentario y la interpretación que de estas cuestiones se haga en los tribunales.

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