APLAZAMIENTO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA OBLIGACIÓN COTIZACIÓN DEL ALUMNADO EN PRÁCTICAS

El RDL 2/2023, de 16 de marzo de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones introducía modificaciones a  la Ley General de la Seguridad Social, entre las que se encuentra la nueva Disposición adicional 52ª, que recoge la obligación de cotización a la Seguridad Social del alumnado que realice prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de Formación.

Esta obligación comprende dos supuestos: 

  1. Cuando las prácticas sean remuneradas: La obligación de cotizar es de la entidad u organismo que financie el programa de formación.
  2. Cuando las prácticas NO sean remuneradas: La obligación será de la empresa, la institución, la entidad en la que se desarrollen, salvo que exista acuerdo en que se recoja que es el centro de formación quien asume la obligación.

Debiéndose en ambos casos solicitarse un código de cuenta de cotización específico para este colectivo.

Esta obligación que, en principio, estaba previsto que entrara en vigor para el 1 de octubre del 2023, se ha pospuesto, según información de la Secretaría General de Universidades, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, quedando pendiente de determinar la nueva fecha de entrada en vigor, así como, si se introduce alguna adaptación a esta previsión.

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