Ticket Bai entrará en vigor en 2022

La Resolución 47/2019 de 17 de junio, del Director de la Secretaría de Gobierno y Relaciones con el Parlamento, recoge la publicación del convenio de los tres territorios históricos de Euskadi y Navarra, por el que se regula el sistema Ticket Bai, que busca evitar el fraude fiscal mediante un mayor control de la facturación y cobro de las personas y entidades que desarrollan actividades económicas.

Para ello, se establecen nuevos modelos de gestión que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Ticket Bai entrará en vigor en 2022 y para esa fecha todas las personas físicas y jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que desarrollen actividades económicas en el ámbito territorial de Euskadi deberán contar con un sistema de facturación que cumpla con los requisitos de Ticket Bai.

Para incentivar esta implantación se recoge una deducción en la cuota de IRPF o Impuesto de Sociedades del 30% en los siguientes gastos e inversiones para su implantación realizados en el 2020 y 2021:

  • Adquisición de equipos y terminales, con su software y periférico, así como, su instalación e implantación.
  • Adquisición de software de firma electrónica necesario, así como, su instalación e implantación.

Las bases generales de Ticket Bai son comunes para las tres Haciendas Forales, pero se implantará por medio de normativas forales específicas para cada territorio, que recogerán particularidades propias.

En Álava la implantación entrará en vigor en octubre de 2022 de manera escalonada, mientras que en Gipuzkoa y Bizkaia, lo hará en enero de 2022 y en esta última provincia el sistema TIcket Bai tendrá el nombre BATUZ.

La pieza clave de Ticket Bai es la instalación del software garante, integrado con la Hacienda Foral correspondiente, que permita cumplir con las obligaciones legales.

Se recogen sanciones, tanto por incumplimiento en el reporte de la información, como por manipulación, que pueden alcanzar un 20% de la facturación del ejercicio anterior y que, en ambos casos, se agravarían si fueran recurrentes.

Para facilitar la implementación de este sistema se prevé la elaboración de un Registro de entidades que ofrezcan soluciones que cumplan con las especificaciones técnicas de la norma.

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