Plan MECUIDA

El Plan MECUIDA, que surgió durante la vigencia del estado de alarma, se prorroga hasta el próximo 30 de septiembre con la finalidad de que las personas trabajadoras por cuenta ajena puedan seguir adaptando su jornada laboral o solicitar una reducción de jornada, hasta el 100%, cuando se acrediten necesidades de conciliación y cuidado derivadas de la crisis, conforme a los requisitos previstos en el artículo 37.6 ET.

Esta reducción deberá ser comunicada a la empresa con 24 horas de antelación, justificando la necesidad de acogerse a esta medida de manera razonable y proporcionada en relación con la situación de la empresa.

Si la persona trabajadora ya disfrutara de este derecho o de algún otro derecho de conciliación, podrá renunciar temporalmente a él o tendrá derecho a que se modifiquen los términos de su disfrute siempre que concurran las circunstancias excepcionales, volviendo a la situación anterior una vez acabe la crisis.

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